Columna de Álvaro Ortúzar: El terrorismo y el derecho



En la época en que el Partido Comunista no tenía el poder y la influencia de ahora, la ley antiterrorismo pudo haberse aplicado. Hoy en día no, pues campea en un gobierno débil, con varios ministros y funcionarios en el poder y apenas vociferante frente a los delitos. ¿Cómo, en su concepto marxista, por definición permisivo de la violencia y el caos como medios para alcanzar el poder, iba a proscribir la “lucha armada”? En su decálogo, la llamada resistencia mapuche es legítima e incluso debe alentarse. Años de violencia, asesinatos de agricultores y de carabineros, de destrucción, tomas violentas, incendios de iglesias, colegios, bosques y fuentes de trabajo, no han hecho mella en su cruzada antisocial.

La disposición del artículo 9 de la Constitución, prescribe que el terrorismo, “en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos” y agrega que la ley es la encargada de determinar las conductas que lo configuran y su penalidad. Esa ley data de 1984, fue modificada el 2015, y dispone que constituyen delitos terroristas aquellos que se cometen con la finalidad producir en la población el temor de ser víctimas de delitos de la misma especie o por la evidencia de que obedece a un plan premeditado. Son de esta especie los delitos de homicidio y lesiones en contra de policías y personas, en cuanto se cometan con los señalados objetivos. Esta ley es la que el gobierno no ha aplicado. ¿Cree alguien que no se cumplen sus requisitos?

Luego de tantos crímenes, más de 12 policías asesinados -3 de ellos calcinados hace pocos días igual que en el caso de los Luschinger-, etc. se está “discutiendo” un nuevo texto legal que defina el terrorismo y le asigne penas. Por tal se entenderá todo grupo de 3 o más personas, con acción sostenida en el tiempo, que use armamento o artefactos explosivos. Agrega que será una organización terrorista la que se forme para cometer delitos que busquen socavar e orden institucional o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado. En este concepto se incluye al “lobo solitario”, un individuo que comete actos de esta clase. El gobierno se felicita y señala que es de gran modernidad. Los comunistas no dan su voto para avanzar.

A nosotros nos parece una burla. La ley vigente no exige la existencia de grupos para configurar un acto terrorista, y no queda exento de la pena el individuo que lo comete. Lo que ha habido hasta ahora es la decisión política de no deducir las querellas que permite la ley, bajo el pretexto de que el delito es de difícil prueba. Mientras tanto, es claro que no se aplicará y que la eventual ley tardará mucho en promulgarse. El país seguirá sufriendo atentados y asesinatos. Al igual que en el caso de los conejos que se pararon a discutir si los perseguían galgos o podencos, éstos los atraparán e hincarán los dientes en su cuerpo.

Por Álvaro Ortúzar, abogado

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